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Nuestras intervenciones y servicios están sujetos a las presentes condiciones generales de venta, salvo renuncia expresa y por escrito de BIOMEDIQA.

Artículo 1 – OBLIGACIONES DE BIOMEDIQA

Se elabora una propuesta de prestación para cada encargo solicitado por el cliente. Tiene una validez de un mes a partir de la fecha de emisión.

Las intervenciones de BIOMEDIQA no sustituyen las actividades de los fabricantes o instaladores, ni las prestaciones de las empresas o servicios técnicos o biomédicos encargados de la gestión, el funcionamiento, el servicio o el mantenimiento de los aparatos.

Cuando las prestaciones de BIOMEDIQA incluyen la verificación de equipos o instalaciones, ésta se efectúa mediante exámenes visuales y mediciones realizadas con equipos de ensayos no destructivos suministrados por BIOMEDIQA, cuya verificación y calibración periódicas y reglamentarias están aseguradas por BIOMEDIQA.

Estas comprobaciones sólo afectan a las partes visibles y accesibles en el momento de la intervención del equipo técnico de BIOMEDIQA, que no realiza ningún desmontaje ni sondeo destructivo, interconexión o modificación de las características de los equipos comprobados.

Cualquiera que sea el servicio prestado, no es responsabilidad de BIOMEDIQA asegurarse de que los dictámenes que ha emitido sean seguidos de acciones o de tomar las medidas necesarias para eliminar las no conformidades comunicadas.

El equipo técnico de BIOMEDIQA lleva a cabo sus tareas de conformidad con las disposiciones del presente contrato.

Las intervenciones dan lugar a la firma, en su caso, por el representante de BIOMEDIQA del registro de operaciones que debe presentarle el cliente. Los operarios de BIOMEDIQA acudirán a las instalaciones del cliente con su propio dosímetro de lectura retardada y, en su caso, con su propio dosímetro operativo.

Artículo 2 – OBLIGACIONES DEL CLIENTE

Antes del inicio de la primera operación en un establecimiento, el operario de BIOMEDIQA deberá presentarse ante el jefe del establecimiento o su representante. Ambos realizarán una inspección conjunta de los lugares de trabajo afectados por la intervención y de las vías de acceso a los mismos.

Durante esta conversación previa, también se comunicarán las instrucciones vigentes en el establecimiento que deberán cumplir los operarios de BIOMEDIQA. El personal cualificado de BIOMEDIQA tiene acceso a los locales y al material médico en el marco de sus funciones y respetando la intimidad y la confidencialidad de los pacientes.

Es responsabilidad del cliente facilitar a BIOMEDIQA los planos de las instalaciones que obren en su poder, necesarios para el cumplimiento de la misión.

El cliente deberá designar un acompañante cualificado que sea capaz de :

Realizar o hacer realizar las operaciones necesarias para la intervención de BIOMEDIQA,
Adoptar todas las medidas necesarias para garantizar la correcta ejecución de los trabajos,
Facilitar el acceso a las instalaciones, equipos y aparatos,
Garantizar el funcionamiento y la preparación de la instalación cuando sea necesario,
Respetar la fecha y hora de la cita acordada,
Firmar la orden de trabajo al final del trabajo.

Cualquiera que sea la naturaleza de su misión, BIOMEDIQA nunca puede hacerse cargo de las instalaciones objeto del contrato.

Esto significa que el cliente conserva la custodia durante toda la misión de BIOMEDIQA, y que BIOMEDIQA no es responsable de la puesta en servicio de la instalación tras la misión.

Cualquier intervención adicional in situ (excluidos los peritajes mencionados en el contrato) se facturará de la siguiente manera:

Precio fijo por ½ día: 600,00 euros sin IVA (más gastos de desplazamiento).
Precio fijo por 1 día: 950,00 euros sin IVA (más gastos de desplazamiento).

Las condiciones de precio se garantizan siempre que se cumplan las condiciones anteriores.

En caso de que no se cumplan las condiciones y/o de que el técnico ya se encuentre in situ (equipos no disponibles, avería, imprevistos que impidan la intervención), se facturará una tarifa fija de desplazamiento de 350 euros sin IVA.

Artículo 3 – CONDICIONES DE PAGO

Las facturas emitidas por BIOMEDIQA son pagaderas netas, sin descuento, en un plazo de 30 días a partir de su emisión, para los establecimientos privados.

En el caso de los establecimientos públicos, las facturas emitidas por BIOMEDIQA son pagaderas netas, sin descuento, de conformidad con las normas de contabilidad pública, dentro de los 50 días siguientes a la recepción de la factura.

Cualquier retraso en el pago dará lugar automáticamente y sin previo aviso a la aplicación de una penalización por demora equivalente a 1,5 veces el tipo de interés legal. Dichas penalizaciones se aplicarán desde el día siguiente a la fecha de vencimiento del pago hasta el día en que las sumas debidas se abonen íntegramente, debiendo pagarse íntegramente cualquier mes natural comenzado.

Artículo 4 – PLAZOS DE INTERVENCIÓN

Los plazos de intervención se acuerdan previamente entre el cliente y BIOMEDIQA.

Cualquiera de las dos partes que inicie un aplazamiento informará a la otra al menos dos semanas antes de la fecha prevista.

En su defecto, nos reservamos el derecho de facturar los gastos ocasionados.

Artículo 5 – RESPONSABILIDAD

BIOMEDIQA se compromete a realizar las prestaciones de las que es responsable de conformidad con las mejores prácticas de su profesión. No obstante, si la responsabilidad de BIOMEDIQA se reconoce con respecto a una prestación realizada en los tres meses siguientes a su finalización, la indemnización que podrá abonarse al cliente no superará en ningún caso el precio correspondiente a la prestación y en proporción al tiempo empleado en el aparato objeto del litigio, tomándose como prueba la orden de intervención.

En ningún caso BIOMEDIQ será responsable en caso de utilización de los equipos o instalaciones para fines que no hayan sido comunicados a BIOMEDIQ.

Asimismo, BIOMEDIQA no asume en ningún momento la custodia de las instalaciones o equipos sometidos a controles, pruebas o ensayos.

Por consiguiente, es responsabilidad exclusiva del cliente tomar todas las medidas necesarias para garantizar en todo momento la seguridad de las personas y de los bienes.

Artículo 6 – CONFIDENCIALIDAD

Toda la información que pertenezca a una de las partes y de la que la otra parte tenga conocimiento durante la fase precontractual y durante la ejecución del encargo se considerará información confidencial y no podrá publicarse ni divulgarse a terceros sin la autorización previa por escrito de la parte propietaria de dicha información.

La obligación de confidencialidad permanecerá en vigor tras la expiración o resolución del contrato.

Artículo 7 – PROPIEDAD INTELECTUAL

El cliente es el propietario del informe proporcionado por BIOMEDIQA al final de su servicio. Los procesos técnicos diseñados y utilizados (incluido el sistema de calidad), así como los conocimientos (patentes, know-how, software, etc.) implementados por BIOMEDIQA (o sus proveedores de servicios) para llevar a cabo los servicios forman parte del patrimonio propio de BIOMEDIQA y siguen siendo de su propiedad.

Artículo 8 – ATRIBUCIÓN DE LA JURISDICCIÓN

Salvo disposición legal en contrario, cualquier litigio será competencia exclusiva del Tribunal de Comercio de LILLE, que aplicará la legislación francesa.